La Sobrevalorada Actitud del Perdón

La Sobrevalorada Actitud del Perdón

En  los últimos años se ha vuelto a un concepto largamente tratado por las religiones como es el perdón. Esta vez no se trata de algo puramente espiritual, sino más bien terapeútico.

Sin embargo, desde mi personal punto de vista, perdonar no es lo mismo que no guardar rencor. Por tanto, lo realmente sanador no sería perdonar, sino liberarte del deseo de venganza, de ese pensamiento fijo de desear pagar con mal a quien te ha hecho mal. O lo que es lo mismo, el justo pero erróneo sistema del “ojo por ojo y diente por diente”.

Tal vez la línea entre perdonar y renunciar a la venganza no sea tan clara para ti, pero déjame que te dé mi explicación y luego decide si debes perdonar o sólo abandonar el rencor.

Algo común a todas las culturas y religiones son los elementos necesarios para que podamos hablar de perdón. 

En primer lugar tiene que haber existido una ofensa, del tipo que sea. Esta ofensa tiene que haberse hecho evidente y provocar en el ofendido un agravio o pérdida, un daño en sí mismo.

En  segundo lugar es necesaria la existencia de un ofensor, alguien que provoca con su comportamiento, sus palabras u omisiones un daño al ofendido, consciente o inconscientemente.

En tercer lugar ha de darse un cambio en la relación o en la actitud entre ofendido y ofensor, cambio que, generalmente, inicia el ofendido al experimentar el daño.

En cuarto lugar el ofensor debe reconocer su agravio, su error o responsabilidad en lo ocurrido, arrepentirse de ello y solicitar del ofendido el perdón, tratando de reintegrar a la persona al momento previo a la ofensa o compensarle por lo ocurrido, manifestándole la firme voluntad de no volver a dañarle.

Y en quinto y último lugar, el ofendido decide perdonar o no al ofensor, comunicándoselo expresa o tácitamente.

Cierto es que no siempre será igual de factible el perdón. En este hecho influyen factores como son el tipo de relación que une a ofensor y ofendido, la posibilidad de resarcir el daño y de lo públicos que hayan sido la ofensa y la solicitud de perdón.

Veamos ahora en qué consiste el rencor. La RAE lo define como un resentimiento arraigado y tenaz. Es decir, algo que se siente una y otra vez de una forma persistente.

El rencor es un sentimiento que nace de la molestia o enojo que siente una persona por un daño que le han hecho. Dicho sentimiento puede generar una sed de venganza hacia la persona que ha provocado el daño o no. Pero sí deseos de que el ofensor sufra y pague de una u otra manera por lo que hizo.

Por tanto, en el perdón intervienen dos personas, ofensor y ofendido. Pero es decisión del ofendido perdonar o permanecer en el recuerdo del daño o, incluso, en el ánimo de venganza. Sin embargo, en la renuncia al resentimiento sólo participa una persona, el ofendido, dejando al margen de la decisión al ofensor.

Una vez hecha esta aclaración, si no se da en el ofensor el reconocimiento del daño causado y, por tanto, no hay un arrepentimiento, ni una voluntad de resarcir a la persona ofendida, ni una solicitud de perdón a ésta, ¿puede haber perdón?. 

Y si, el daño fuera tal que el ofendido no permita bajo ningún concepto volver a comunicarse, ni a tener ningún contacto con el causante del daño, ¿puede haber perdón?

Sin embargo, aunque no se reconozca el daño, ni haya arrepentimiento, ni deseo de restablecer lo perdido por parte del ofensor ¿puede el ofendido renunciar a su deseo de venganza sin que haya un propósito de conservar la relación con el anterior?

Por el contrario, a veces, un perdón mal entendido puede ser peor que una venganza, al colocar al ofendido en una posición de fuerza o poder frente a quien, como cualquier ser humano, solamente se equivocó.

A la luz de esta reflexión entiendo que lo que realmente libera a la persona de un agresor, ofensor o como quieras llamarle, no es el hecho de perdonar, sino de abandonar todo deseo de venganza, todo pensamiento recurrente sobre el daño experimentado y quien lo provocó, que no hacen sino mantener al ofendido en un papel de víctima y en un lazo insano con el culpable. Y esto ocurre cuando el agraviado considera que lo ocurrido ha servido como aprendizaje, conocimiento y crecimiento personal y que hay que enfocarse en el camino que queda por delante y no en el que ha quedado atrás.

Sería pasar de la idea de «perdono, pero no olvido» a la contraria de «me permito olvidar, sin necesidad de perdonarte». ¿Tú qué crees que te favorece?

 

Y si te resulta difícil pasar página, puedes solicitarme una consulta telefónica personalizada y gratuita de 20 minutos. Estaré encantada de ayudarte a alcanzar tus metas.

 

 

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